{"id":2099,"date":"2023-06-13T09:05:24","date_gmt":"2023-06-13T07:05:24","guid":{"rendered":"https:\/\/www.lacasa.net\/blog\/?p=2099"},"modified":"2023-05-08T12:51:05","modified_gmt":"2023-05-08T10:51:05","slug":"ya-compraste-tu-vivienda-que-debes-hacer-ahora","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.lacasa.net\/blog\/ya-compraste-tu-vivienda-que-debes-hacer-ahora\/","title":{"rendered":"\u00bfYa compraste tu vivienda? \u00bfQu\u00e9 debes hacer ahora?\u00a0"},"content":{"rendered":"<p><span style=\"font-weight: 400;\">Una vez ya compraste tu vivienda hay una serie de tr\u00e1mites que debes cumplir, s\u00f3lo as\u00ed podr\u00e1s decir que es total y legalmente de tu propiedad. S\u00ed, tener las llaves de la nueva casa en tus manos es un hecho significativo, pero es solo el comienzo para que posteriormente puedas disfrutar a plenitud del nuevo hogar. Para disipar cualquier duda al respecto y saber qu\u00e9 pasos debes seguir, sigue leyendo este blog.<\/span><\/p>\n<h3>\u00bfYa compraste tu vivienda? \u00bfQu\u00e9 debes hacer ahora?<\/h3>\n<h2><b>Tr\u00e1mites que debes conocer y cumplir despu\u00e9s de comprar tu vivienda<\/b><\/h2>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Existe un momento clave durante el proceso de comprar una vivienda que determina el fin de todos los tr\u00e1mites y finalmente, permite que te conviertas en el due\u00f1o legal del inmueble. \u00bfSabes cu\u00e1l es? Cuando acudas a la oficina del notario a firmar la escritura p\u00fablica.\u00a0\u00a0<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">En ese documento notariado se expresan las voluntades, tanto del vendedor como del comprador. Adicionalmente se reflejan todos los asuntos relacionados con el estado legal y f\u00edsico de la casa, el valor, as\u00ed como las diferentes obligaciones fiscales derivadas de la compraventa y el m\u00e9todo de pago.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Por eso es importante que conozcas de primera mano todos los pasos a seguir, justo despu\u00e9s de comprar una vivienda. De no cumplir con ellos, podr\u00edan surgir problemas en el futuro, sobre todo si se presenta la oportunidad de vender. Lo mejor es evitar posibles inconvenientes tomando en cuenta las siguientes indicaciones.<\/span><\/p>\n<h3><b>1. Pagar los impuestos<\/b><\/h3>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Cuando visites la oficina del notario a recibir la escritura p\u00fablica de compraventa de la vivienda, marca el inicio del proceso para legalizar el inmueble y que \u00e9ste quede a tu nombre. De all\u00ed que el primer paso es pagar los impuestos correspondientes. En algunos casos podr\u00e1s tener 30 d\u00edas h\u00e1biles o 1 mes para pagar, la cantidad va a depender de la comunidad aut\u00f3noma donde te encuentres.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Un detalle importante a tener en cuenta al cancelar los impuestos, es si la vivienda es de obra nueva y la vende una promotora. Porque en esos casos la ley estipula el pago de iva por la compraventa, tambi\u00e9n hay que sumar el 1 o 1,5% del precio que se establece por concepto de <\/span><i><span style=\"font-weight: 400;\">Actos Jur\u00eddicos Documentados. <\/span><\/i><span style=\"font-weight: 400;\">La variaci\u00f3n del porcentaje, depende de la entidad aut\u00f3noma que rija la transacci\u00f3n.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Pero, si la vivienda que compraste ya ha tenido alg\u00fan due\u00f1o anterior, deber\u00e1 aplicarse el <\/span><i><span style=\"font-weight: 400;\">Impuesto de Transmisiones Patrimoniales<\/span><\/i><span style=\"font-weight: 400;\">. Quiere decir que, el pago que debes realizar va a oscilar entre un 6 y 1% de lo que cuesta el inmueble. El monto a cancelar var\u00eda un poco, porque depende de la comunidad aut\u00f3noma donde se lleva a cabo la negociaci\u00f3n.<\/span><\/p>\n<h3><b>2. Crear la titularidad de la vivienda<\/b><\/h3>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Para crear la titularidad de la vivienda tienes que hacer la inscripci\u00f3n en el Registro de la Propiedad, presentando varios documentos. Espec\u00edficamente nos referimos al justificativo de los pagos concernientes a los impuestos y la escritura de compraventa. Tal como puedes ver se trata de los que, hasta este momento has tenido que haber recopilado.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Un consejo m\u00e1s. En caso que sea la primera vez que vas a <\/span><a href=\"https:\/\/www.lacasa.net\/blog\/consejos-si-es-la-primera-vez-que-vas-a-comprar-una-casa\/\"><b>comprar una vivienda<\/b><\/a><span style=\"font-weight: 400;\">, puedes presentar la escritura de compraventa ante el registrador, de distintas maneras. Una de las opciones m\u00e1s pr\u00e1cticas es solicitar al notario que la presente telem\u00e1ticamente. Por esta v\u00eda el proceso se hace m\u00e1s r\u00e1pidamente y ofrece muchas ventajas para el comprador.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Otra manera de hacerlo es llevando al registro una copia en papel, pero que sea fiel a la original y autorizada por el notario. Para ser aceptada, primero tendr\u00e1s que pagar el impuesto que corresponda seg\u00fan el caso, el de Actos Jur\u00eddicos Documentados o, en su defecto de Transmisi\u00f3n Patrimonial.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Una \u00faltima opci\u00f3n es acudir personalmente a las instalaciones de la registradur\u00eda y consignar la documentaci\u00f3n requerida. Sin embargo, en ocasiones no es muy recomendado hacerlo por este medio, especialmente si tuviste que solicitar una hipoteca para comprar la casa. Porque hay unas exigencias impuestas por el banco que deber\u00e1s cumplir, y \u00e9stas suponen un gasto adicional.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Despu\u00e9s de que el registrador examine todos los documentos, procede a inscribir la vivienda con el nombre del nuevo comprador. A su vez, el notario se encarga de hacer entrega de una copia de la escritura p\u00fablica, donde aparece asentado el cambio con su nombre en el registro, que lo certifica como el nuevo due\u00f1o del inmueble.\u00a0<\/span><\/p>\n<p><img loading=\"lazy\" class=\"alignnone size-full wp-image-2101\" src=\"https:\/\/www.lacasa.net\/blog\/wp-content\/uploads\/2023\/05\/crear-la-titularidad-de-la-vivienda.png\" alt=\"Crear la titularidad de la vivienda\" width=\"1240\" height=\"600\" srcset=\"https:\/\/www.lacasa.net\/blog\/wp-content\/uploads\/2023\/05\/crear-la-titularidad-de-la-vivienda.png 1240w, https:\/\/www.lacasa.net\/blog\/wp-content\/uploads\/2023\/05\/crear-la-titularidad-de-la-vivienda-980x474.png 980w, https:\/\/www.lacasa.net\/blog\/wp-content\/uploads\/2023\/05\/crear-la-titularidad-de-la-vivienda-480x232.png 480w\" sizes=\"(min-width: 0px) and (max-width: 480px) 480px, (min-width: 481px) and (max-width: 980px) 980px, (min-width: 981px) 1240px, 100vw\" \/><\/p>\n<h3><b>3. Registrar una vivienda<\/b><\/h3>\n<h4><b>\u00bfTiene un precio fijo estipulado?<\/b><\/h4>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">En realidad no hay un precio fijo que deba pagarse por registrar una vivienda, el costo est\u00e1 sujeto al valor del inmueble que aparezca en el documento de compraventa. La base para efectuar el cobro est\u00e1 basado en unas tarifas que han sido aprobadas por el gobierno y publicadas en el Bolet\u00edn Oficial del Estado (BOE).<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Es oportuno destacar que tampoco es de car\u00e1cter obligatorio la inscripci\u00f3n de una vivienda en el Registro de Propiedad, pero s\u00ed es recomendable hacerlo. Porque \u00e9sa ser\u00eda la garant\u00eda legal que te certifica como el propietario del inmueble. Si tienes alguna duda con relaci\u00f3n a este punto, podr\u00e1s aclararla con el <\/span><a href=\"https:\/\/www.lacasa.net\/blog\/por-que-es-importante-contar-con-el-asesoramiento-de-una-inmobiliaria-en-bilbao\/\"><b>asesoramiento de una inmobiliaria<\/b><\/a><b>. <\/b><span style=\"font-weight: 400;\">Aunque no todo termina all\u00ed, falta por dar los pasos finales.<\/span><\/p>\n<h3><b>4. La titularidad de los servicios b\u00e1sicos<\/b><\/h3>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Tal como mencionamos antes, tener la llave de la casa, apenas es el comienzo del proceso para ser aut\u00e9ntico propietario de la vivienda. Porque despu\u00e9s de realizar todos los tr\u00e1mites anteriores, falta por resolver el tema de la t<\/span><a href=\"https:\/\/comparadorluz.com\/tramites\/cambiar-titular-luz\"><b>itularidad de los servicios b\u00e1sicos<\/b><\/a><span style=\"font-weight: 400;\">.\u00a0<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Afortunadamente, se trata de un procedimiento sencillo que puedes hacer desde casa y no es tan alto el costo a cancelar, por ejemplo, cambiar de titular el servicio el\u00e9ctrico es totalmente gratuito.\u00a0<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">As\u00ed mismo, es importante que hables con el presidente de la comunidad de propietarios, del lugar donde queda la vivienda, para que le informes los cambios realizados en la titularidad de los suministros y el n\u00famero de cuenta nuevo que servir\u00e1 para pagar los recibos de la comunidad.<\/span><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Una vez ya compraste tu vivienda hay una serie de tr\u00e1mites que debes cumplir, s\u00f3lo as\u00ed podr\u00e1s decir que es total y legalmente de tu propiedad. 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